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REQUISITOS PARA ACTOS NOTARIALES

PODER ESPECIAL O GENERAL

1. Minuta de Abogado. 

2. Original y copia de cédula y papeleta de votación a color del otorgante. 

3. Persona Juridica, adjuntar nombramiento del representante legal y Ruc. 

AUTORIZACIÓN DE SALIDA DEL PAÍS DE UN MENOR DE EDAD

1. Petición de Abogado.

2. original y copias de cédula (s) y papeleta(s) de votación a color del padre o madre que autoriza la salida. 

3. Original y copias de cédula del menor de edad.

4. En el caso de que el menor o menores salgan solos, deberán comparecer los dos padres a autorizar la salida, por si o por medio de poder especial. 

5. En caso de que la salida del menor supere los seis meses, en la petición deberá constar el teléfono y dirección exacta donde va a residir el menor y la notaría enviara un oficio al ministerio de relaciones exteriores ( Art. 109 y 110) del Código de la Niñez y Adolescencia.

CONSTITUCIÓN EN LÍNEA

1. Original y copias de cédulas y Pv a color de los socios o accionistas.

2. En el caso que comparezca una compañía Ecuatoriana como accionista o socio: 

    * Reserva el nombre de la compañía.

    * Comprobante de pago del Bco del Pacifico.

Nota: El ingreso de la información para la constitución en linea se lo hace a través de la pagina web: www.supercias.gob.ec. Todo el trámite se lo hace en línea hasta la obtención del Ruc. Los comparecientes únicamente acuden a la Notaria a firmar las escrituras y el Notario(a) firma electronicamente. 

AUMENTO DE CAPITAL, CAMBIO DE DOMICILIO, REFORMA DE ESTATUTOS 

1. Minuta de Abogado.

2. Original y copia de cédula y Papeleta de Votación a Color del representante legal. 

3. Nombramiento y Ruc del representa legal.

4. Acta de Junta General de Socios o Accionistas.

CESIÓN DE PARTICIONES DE COMPAÑÍAS LIMITADAS

1. Minuta de Abogado.

2. Acta de Junta General de Socios o accionistas autorizando la cesión de participaciones.

3. Original y copia de cédula y papeleta de votación a color de cedentes y cesionarios.

Nota: Si los cedentes son casados, deben comparecer con la cónyuge, excepto que tengan Capitulaciones Matrimoniales o Disolución de la Sociedad Conyugal.  

DISOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL

1. Petición de abogado.

2. Original y copia de cédula y papeleta de votación a color de conyugues.

3. Partida de matrimonio original.

4. Comparecencia de las partes. 

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